POLÍTICAS FRENTE AL SISTEMA DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO.
CAPÍTULO PRIMERO
POLÍTICAS PARA LA GESTIÓN ÉTICA Artículo 23 . La Alcaldía del Distrito de Barranquilla se compromete a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución , las demás normas vigentes, el presente Código de Buen Gobierno y el Código de Ética, orientándose hacia una gestión íntegra, por ello guiará sus actuaciones bajo los principios que se establecen a continuación:
Promoverá la suscripción de pactos de integridad y transparencia en su interior y con otros entes.
Garantizará que todos los procedimientos sean claros, equitativos, viables y Transparentes.
Denunciará las conductas irregulares, tanto para que las entidades competentes conozcan de los hechos, como para que la sociedad esté al tanto del comportamiento de sus servidores.
Capacitará al personal en materia de ética ciudadana y responsabilidad social en todos los niveles, como parte de un gran esfuerzo pedagógico.
Articulará con los programas presidenciales y gubernamentales las acciones de control social.
Efectuará la rendición de cuentas a los grupos de interés, garantizando la revisión pública de la información no confidencial del municipio.
En materia de contratación, implementará y adoptará las normas vigentes, tanto para el Sector público como para el privado; publicará la contratación de servicios y la adquisición de bienes de acuerdo con lo prescrito por la legislación vigente y el presente Código de Buen Gobierno; y establecerá mecanismos de seguimiento a los Contratos vigentes.
Artículo 24. La Alcaldía Distrital de Barranquilla, prestará todo su apoyo de carácter Interinstitucional en la lucha Anticorrupción con el fin de combatir la corrupción para ello se compromete a mejorar los sistemas de comunicación e información.
Artículo 25 . Compromiso en la lucha Antipiratería: La Alcaldía Distrital de Barranquilla velará porque se respeten las normas de protección a la propiedad intelectual y los derechos de autor, estableciendo una política antipiratería, la cual será desarrollada por el Alcalde y su equipo de trabajo a través del Comité de Buen Gobierno.
CAPÍTULO SEGUNDO
POLÍTICAS DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO
Compromiso con la Protección y el Desarrollo del Talento Humano
Artículo 26 . La Alcaldía Distrital de Barranquilla se compromete con el desarrollo de las Competencias, habilidades, aptitudes e idoneidad de los servidores públicos dispuestos a su servicio, determinando políticas y prácticas de gestión humana que deben incorporar los principios de justicia, equidad y transparencia al realizar los procesos de selección, inducción, formación, capacitación, promoción y evaluación del desempeño.
PARÁGRAFO: La Alcaldía velará porque todos sus servidores públicos conozcan y apliquen en el desarrollo de sus funciones los criterios, principios y valores definidos en el Código de Buen Gobierno y el Código de Ética.
Artículo 27 . Criterios para una efectiva prestación del Servicio: Para una efectiva prestación del servicio que conduzca a la satisfacción de los Intereses generales, la Alcaldía Distrital de Barranquilla tendrá en cuenta los siguientes Criterios mínimos:
a. Profesionalización de su recurso humano, para consolidar el principio de mérito y la Calidad en la prestación del servicio público al ciudadano.
b. Flexibilidad en la organización y gestión de la función pública, para adecuarse a las condiciones cambiantes de la sociedad.
c. Responsabilidad de los servidores públicos por el trabajo desarrollado, por medio de Evaluaciones del desempeño individual e institucional y los acuerdos de gestión.
CAPITULO TERCERO
POLITICAS DE COMUNICACION E INFORMACION
Artículo 28 . Compromiso con la Comunicación Pública : La Alcaldía del Distrito de Barranquilla se compromete a asumir la comunicación y la información como bienes públicos, a conferirles un carácter estratégico y orientarlas hacia el fortalecimiento de la identidad institucional y a la expansión de la capacidad productiva de los miembros de la entidad mediante el mejoramiento continuo de la escucha, la interlocución y la transparencia. Para ello, las acciones comunicativas se efectuarán de acuerdo con los parámetros que establezcan los procesos y el plan de comunicación de la entidad.
Artículo 29 . Compromiso con la Comunicación Organizacional. La comunicación organizacional, estará orientada a la construcción de sentido de pertenencia y al establecimiento de relaciones de diálogo y colaboración entre los servidores públicos de la Alcaldía ; para ello la Administración Distrital establecerá procesos y mecanismos que garanticen la interacción y la construcción de una visión común.
Artículo 30 . Compromiso de Confidencialidad. La Alcaldía Distrital de Barranquilla se compromete a que los servidores Públicos que manejan información privilegiada firmen acuerdos de confidencialidad para que se asegure que la información que es reserva de la Alcaldía no sea publicada o conocida por terceros sin autorización del nivel superior.
PARÁGRAFO: Quienes incumplan estos acuerdos o compromisos de confidencialidad serán sancionados de acuerdo con el régimen disciplinario. Ninguno de los grupos de interés podrá directa o indirectamente utilizar información privilegiada y confidencial de la Alcaldía para sus propios intereses.
Artículo 31 . La Alcaldía Distrital de Barranquilla se compromete a establecer una Política de comunicación informativa adecuada para establecer un contacto permanente y correlativo con sus grupos de interés, con éste fin se adoptarán mecanismos para que la información llegue a sus grupos de interés de manera integral, oportuna, actualizada, clara, veraz y confiable, para fortalecer el sistema común de gestión de la Información en aras de un seguimiento integral de las políticas públicas, evaluación de desempeño y aporte de observaciones, que contribuirán a la toma de decisiones y a la rendición integral de cuentas.
Artículo 32. Compromiso con el Gobierno en línea: El Alcalde y su Equipo de Gobierno se comprometen a poner especial interés en la aplicación efectiva del Gobierno en Línea, a través de acciones para mantener actualizada la página WEB de la Alcaldía con la más completa información sobre la marcha de la administración en cuanto a procesos y resultados de la contratación municipal, estados financieros, concursos para proveer cargos, Plan de Desarrollo, avances en el cumplimiento de metas y objetivos del Plan de Desarrollo, indicadores de gestión, informes de gestión, servicios que la Administración Municipal presta a la ciudadanía y forma de acceder a ellos.
CAPÍTULO CUARTO
POLÍTICA DE CALIDAD
Artículo 33 . Compromiso con la Calidad. La Alcaldía Distrital De Barranquilla se compromete a orientar su gestión a la obtención de beneficios y resultados de calidad para la comunidad, por lo cual se obliga a implantar el sistema de gestión de la calidad y a mejorar continuamente los procesos, contando con funcionarios idóneos, con la participación ciudadana, y ejerciendo un Autocontrol integral en forma eficiente, eficaz y efectiva.
CAPÍTULO QUINTO
POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CON LA COMUNIDAD
Artículo 34. Compromiso con la Comunidad : La Alcaldía Distrital De Barranquilla, consciente de su razón de ser y objetivo básico, se orientará hacia el bienestar social de la comunidad en todas sus actuaciones, para lo cual propenderá por; el mejoramiento de la calidad de vida de la población -especialmente de la más vulnerable-, estimulando la participación ciudadana, estableciendo políticas de mejoramiento en salud, educación, cultura, inversión social y física, concretando las mismas en cuanto al las minorías étnicas o culturales y de género, aumentando y haciendo eficientes los proyectos de interés social, y fortaleciendo las relaciones con la administración pública.
PARÁGRAFO: La Alcaldía declara expresamente su compromiso con la protección de los derechos Fundamentales, salvaguardando los parámetros básicos de protección a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la dignidad humana, a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de conciencia y de cultos, a la información, al trabajo, a la asociación, al respeto a la Naturaleza , a la intervención ciudadana activa y a la solidaridad, entre otros.
Artículo 35 . De la Comunidad y el Gobierno Corporativo: La comunidad está protegida por las normas de gobierno corporativo de la Alcaldía Distrital de Barranquilla que velan por el respeto de sus derechos y la Protección de los recursos públicos que maneja. Los ciudadanos pueden hacer valer el Código de Buen Gobierno haciéndolo exigible ante las autoridades competentes y podrán acudir a las entidades de control para solicitar investigaciones especiales, en los términos pertinentes.
Artículo 36 . Información y Comunicación con la Comunidad. : Los estados e informes contables y de gestión presentados a los respectivos entes de regulación y control por la Administración , así como cualquier otra información sustancial, deben ser conocidos y estar disponibles para la comunidad, la cual tiene derecho a informarse permanentemente de todos los hechos que ocurran dentro de la Alcaldía y que no sean materia de reserva. De igual manera se publicarán los informes y recomendaciones que los órganos de regulación y control presenten a la Alcaldía respecto a su gestión y mejoramiento continuo. Los medios de información que podrán utilizarse son, entre otros, la Oficina de Atención a la Ciudadanía , boletines, folletos o circulares, periódico, línea telefónica gratuita, correo electrónico y página Web.
Artículo 37. Compromiso con la Rendición de Cuentas La Alcaldía Distrital de Barranquilla se compromete a realizar Rendición de cuentas de manera periódica, para que a la ciudadanía se le informe sobre el proceso de avance y cumplimiento de las metas contenidas en el plan de desarrollo de la administración Distrital, y de la forma como se está ejecutando el presupuesto de la entidad. El mecanismo preferente serán las Audiencias públicas, con transmisión por radio y televisión, con el fin de que la actividad pueda llegar a todos los ciudadanos interesados. Para este fin también se empleará el Gobierno en Línea.
Artículo 38 . Atención de Quejas y Reclamos La Alcaldía contará una Oficina de Atención a la Comunidad en la cual se presentaran quejas, solicitudes, reclamaciones, consultas e informaciones referentes a la Administración municipal, a las cuales se les dará respuesta en los términos previstos por la Ley ; en ella reposará un ejemplar del Código de Buen Gobierno y del Código de Ética para su consulta permanente por parte de todos los interesados.
Artículo 39. Control Social: La Alcaldía Distrital de Barranquilla promoverá que la ciudadanía, Organizaciones sociales y comunitarias, Usuarios y beneficiarios, veedurías y comités de vigilancia, entre otros, intervengan por medio de la participación ciudadana y otros mecanismos ya establecidos o que la Alcaldía cree, para prevenir, racionalizar, proponer, acompañar, sancionar, vigilar y controlar la gestión pública, sus resultados y la prestación de los servicios públicos suministrados por el Estado y los particulares, garantizando la gestión al servicio de la comunidad.
CAPÍTULO SEXTO
POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD FRENTE AL MEDIO AMBIENTE
Artículo 40 . Responsabilidad con el Medio Ambiente : La Alcaldía Distrital de Barranquilla se compromete a respetar los procesos Naturales, protegiendo la diversidad de fauna y flora y el medio ambiente en general. Se establecerán responsabilidades concretas por malas prácticas ecológicas que sólo busquen el lucro económico en detrimento del medio ambiente.
establecerá lineamientos en esta materia que comprenda:
Política de planeación: se compromete a incorporar dentro de su plan de desarrollo el tema ambiental, dando cumplimiento a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, mediante el fomento de programas de evaluación y mejoramiento. ambiental;
Mecanismos de educación y promoción: implementará mecanismos para educar y promover en prevención la gestión ambiental, el uso adecuado de los desechos Industriales, el desarrollo sostenible y las tecnologías limpias entre sus grupos de Interés; y
Uso de tecnologías limpias. en la entidad se utilizarán sistemas de administración ambiental, propendiendo por el uso de tecnologías limpias, con participación activa de los grupos de interés.
Manejo de desechos. se desarrollarán sistemas eficientes, seguros y responsables de Generación, recolección, almacenamiento, selección y eliminación de los desechos.
Uso de recursos no renovables. se compromete a estructurar, desarrollar, manejar y proveer sus productos y servicios considerando el Uso sostenible de los recursos naturales, aprovechamiento eficiente de la energía y otros insumos, disminución de las emisiones de carbono y minimización de los impactos ambientales adversos.
Programa forestal. se compromete a; instaurar programas forestales específicos de Acuerdo con las necesidades de la comunidad.
CAPÍTULO SÉPTIMO
POLÍTICA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS
Artículo 41 . Compromiso frente a los Conflictos de interés: La Alcaldía Distrital de Barranquilla se compromete a instaurar una política de conflictos de interés que contenga la prevención, manejo, divulgación y resolución de los mismos, así como los criterios que regulan las relaciones entre la Alcaldía y sus grupos de interés. Las relaciones entre los servidores públicos, el Alcalde y su equipo de trabajo, los miembros de los Comités y la ciudadanía, se regirán por criterios de legalidad, transparencia, justicia, igualdad y respeto absoluto, atendiendo primordialmente los intereses generales.
Artículo 42. Prácticas para Prevenir los Conflictos de Interés: La Alcaldía Distrital de Barranquilla rechaza, y prohíbe que el Alcalde y su equipo de trabajo, miembros de comités especiales, de juntas directivas de entidades descentralizadas, servidores públicos y todos aquellos vinculados con la Alcaldía incurran en cualquiera de las siguientes prácticas:
Reciban remuneración, dádivas o cualquier otro tipo de compensación en dinero o Especie por parte de cualquier persona jurídica o natural, en razón del trabajo o Servicio prestado a la Alcaldía o a sus grupos de interés.
Otorguen compensaciones no autorizadas por las normas pertinentes.
Utilicen indebidamente información privilegiada o confidencial para obtener provecho o Salvaguardar intereses individuales propios o de terceros.
Realicen proselitismo político o religioso, aprovechando su cargo, posición o relaciones con la Alcaldía , no pudiendo comprometer recursos económicos para financiar campañas políticas; tampoco generarán burocracia a favor de políticos o cualquier otra Persona natural o jurídica. .
Todas aquellas prácticas que atenten contra la integridad y la transparencia de la Gestión de la Alcaldía y en contra del buen uso de los recursos públicos.
Artículo 43 . Deberes del equipo humano relacionados con los conflictos de Interés:
Todos los servidor público en el Distrito de Barranquilla deberán revelar a tiempo y por escrito a los entes competentes cualquier posible conflicto de interés que crea tener.
Todo servidor público deberá contribuir a que se permita la adecuada realización de las Funciones encomendadas a los órganos de control interno y externo de la Alcaldía.
Todo miembro del equipo humano debe guardar y proteger la información que la Normatividad legal haya definido como de carácter reservado.
Todos los servidores públicos deben contribuir a que se le otorgue a todos los Ciudadanos y habitantes del territorio nacional un trato equitativo, y a que se le Garanticen sus derechos.
Todos los servidores públicos de la Alcaldía revelarán a tiempo cuando incurran en alguna de las situaciones enunciadas en el artículo sobre prevención de conflictos.
Artículo 44 . Prohibiciones para el Personal sobre Conflictos de Interés: Sin perjuicio de la ampliación de estas prohibiciones, el personal de la Alcaldía Distrital de Barranquilla observará las siguientes reglas en su comportamiento diario:
a. Abstenerse de utilizar indebidamente información privilegiada y confidencial en contra de los intereses de la administración municipal;
b. Abstenerse de participar, directa o indirectamente, en interés personal o de terceros, en actividades que impliquen competencia de la administración municipal o en actos respecto de los cuales exista conflicto de intereses.
c. Abstenerse de realizar actividades que atenten contra los intereses de la Administración Distrital.
d. Abstenerse de gestionar, por sí o por interpuesta persona, negocios que le originen ventajas que conforme a las normas constitucionales, legales, reglamentarias y el Código de Ética, se pueda considerar que infringen los intereses de la administración.
e. Abstenerse de utilizar su posición en la Alcaldía o el nombre de la misma para obtener para sí o para un tercero tramites especiales en negocios particulares con cualquier persona natural o jurídica.
f. Abstenerse de entregar dádivas a cambio de cualquier tipo de beneficios.
g. Abstenerse de utilizar los recursos de la administración municipal para labores distintas de las relacionadas con su actividad; por ende tampoco podrán encausarlos en provecho personal o de terceros.
h. Abstenerse de gestionar o celebrar negocios con la administración municipal para sí o Para personas relacionadas, que sean de interés para los mencionados.
i. Abstenerse de aceptar, para sí o para terceros, donaciones en dinero o especie por parte de proveedores, contratistas o cualquier persona relacionada o no con la administración municipal, o de personas o entidades con las que de la administración municipal sostenga relaciones en razón de su actividad, que conlleve a generar cualquier clase de compromiso no autorizado.
j. Abstenerse de participar en procesos de selección o contratación cuando estén incursos en alguna de las situaciones enunciadas en el acápite sobre prevención de conflictos.
Artículo 45. Procedimiento de Resolución y Divulgación de Conflictos de Intereses: Los grupos de interés de la Alcaldía Distrital de Barranquilla deberán revelar los conflictos de intereses en los cuales pudieran estar involucrados o incursos, o en los que crean que otro de ellos lo está, informando al Comité de Buen Gobierno y al ente de Control competente.
Los grupos de interés deberán consultar con el Comité de Buen Gobierno los eventos que puedan ofrecer dudas en relación con posibles conflicto de interés o manejo de Información privilegiada.
CAPÍTULO OCTAVO
POLÍTICAS CON CONTRATISTAS Y PROVEEDORES
POLITICA DE CONTRATACION PUBLICA
Artículo 46. Compromiso con la Finalidad de la Contratación Pública. La Alcaldía Distrital de Barranquilla se compromete a dar cumplimiento formal y real al Estatuto de la Contratación Pública ; ejecutar todo contrato buscando la efectiva realización de los fines estatales.
El principio de transparencia regirá las conductas de quienes se encuentren involucrados en los procesos de contratación pública, en el manejo de los recursos y en el cumplimiento de las disposiciones legales reguladoras de la contratación estatal y las establecidas en este Código, siempre buscando la realización efectiva del objeto del contrato y la prevalencia del interés general sobre el particular.
Artículo 47 . Principios en Materia de Contratación Pública: La Alcaldía Distrital de Barranquilla actuará bajo los principios rectores establecidos por la Constitución para el desarrollo de la función administrativa, además acogerá los principios de transparencia, integridad, buena fe, probidad, equidad, interpretación de la contratación estatal, selección objetiva, responsabilidad, planeación, eficiencia y una política concreta anticorrupción en el establecimiento de las políticas de contratación pública.
CAPÍTULO NOVENO
POLITICA CON lOS GREMIOS ECONÓMICOS
Artículo 48. Información y corresponsabilidad : La Alcaldía Distrital de Barranquilla dispondrá de una plataforma Informativa que permita a los gremios económicos el libre acceso a su información no reservada por mandato de ley, y fomentará pactos éticos entre los sectores privado y público. Adicionalmente, bajo el criterio de corresponsabilidad social, promoverá acciones con los gremios tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de la población más vulnerable.
CAPÍTULO DÉCIMO
POLÍTICAS FRENTE A LOS INVERSIONISTAS
Artículo 49 . Sobre la transparencia y el suministro de información periódica La Administración Distrital tiene la obligación de publicitar todos los actos administrativos, contratos e informes contables, para lo cual dispone de la Gaceta Municipal , la página Web y los medios que considere ¡necesarios. Será obligación revelar información Precisa e integral, y sólo aquella considerada como información privilegiada tendrá Limitaciones.
La Administración Distrital se compromete a proteger los derechos de información y demás que corresponda a los inversionistas de sus títulos valores, toda vez que considera que la interacción que se genera a partir de la intervención de los inversionistas en el seguimiento de las actividades de la Administración , garantiza el fortalecimiento de la gestión pública.
Bajo el concepto de Gobierno en Línea, a través de la página WEB de la Alcaldía los inversionistas en general podrán consultar mensualmente la información que se relaciona a continuación: Informes contables, estado de la actividad y estados de cambio en el patrimonio de la Administración Central , Información relevante sobre su manejo de riesgos y sobre sus políticas de administración e inversiones, el estado de la deuda pública y perfil de la deuda de la Administración Central del distrito. Calificaciones de riesgo. estado de pignoración de rentas, Informes rendidos por la Secretaría de Hacienda a los órganos de control y al Concejo Municipal, Información respecto a los servidores públicos municipales comprometidos en la toma de decisiones, a efectos de conocer hoja de vida, responsabilidades y tipos de remuneración, Información de los contratos de las operaciones de crédito público celebradas.
Artículo 50. Medios de atención a los inversionistas El Distrito de Barraquilla establece como medios para dar a conocer los Derechos de los inversionistas y la información financiera de la administración central los siguientes:
1) La página Web de la Alcaldía ;
2) El correo electrónico;
3) De manera directa en las dependencias de la Secretaría de Hacienda Municipal; y
4 ) El contacto telefónico.
Artículo 51. Derechos de los inversionistas :Tratamiento Equitativo. Los inversionistas del Distrito de Barranquilla tendrán un tratamiento equitativo e idéntico, de acuerdo con la clase de títulos de deuda que hayan adquirido y las condiciones establecidas en cada una de las colocaciones correspondientes, independientemente del valor de su inversión. La Administración Distrital tiene el compromiso de salvaguardar -hasta el límite de lo previsible- el capital que todos los inversionistas en las operaciones e inversiones con el Distrito. Ni la Administración Distrital ni los inversionistas exigirán dádivas o contraprestaciones de ningún tipo en la celebración de contratos u operaciones financieras.
Artículo 52 . Derechos de Petición. La Administración Distrital está en la obligación jurídica y Ética de dar cabal trámite a los derechos de petición, proporcionando oportuna y eficiente respuesta a las solicitudes formuladas por los inversionistas.
Artículo 53 . Asamblea General de Tenedores de Bonos o Títulos Valores.
El Distrito de Barranquilla deberá prever en cada uno de los Prospectos de Emisión y Colocación de las emisiones de bonos de deuda pública, además de los derechos y obligaciones de los tenedores de bonos, los mecanismos específicos que les permita realizar la convocatoria de la Asamblea General de Tenedores de Bonos cuando quiera que existan elementos de juicio que razonablemente conduzcan a pensar que dicha asamblea es necesaria para garantizar sus derechos, o para proporcionarles información de la que no dispongan.
Artículo 54 . Deberes de los inversionistas . Los inversionistas respetarán cabalmente las leyes y normas en desarrollo de su relación con la Administración Distrital Es compromiso público y legal para todos los inversionistas cumplir con los términos y reglas establecidas en desarrollo de sus negocios con la Administración. Los inversionistas deben notificar a la Administración Municipal en caso de que puedan existir conflictos de interés, y los servidores públicos responsables tendrán la obligación de aplicar los correctivos y la normatividad del caso. Los inversionistas podrán realizar auditorias externas especializadas en los casos que determina la ley, con el fin de velar por la seguridad de sus inversiones. Las solicitudes en este sentido deberán presentarse y ser justificadas ante la Secretaría de Hacienda, y el Secretario dispondrá de 10 días hábiles para pronunciarse sobre ellas. En todos los casos, las firmas de auditoria seleccionadas deberán ser de reconocida reputación y tener más de cinco años de experiencia.
CAPÍTULO UNDÉCIMO
POLÍTICA FRENTE Al CONTROL INTERNO
Artículo 55 . Compromiso frente al Modelo Estándar de Control Interno: La Alcaldía del Distrito de Barranquilla adopto el Modelo Estándar de Control Interno -MECI- y monitorea de manera permanente su cumplimiento por parte de todos los servidores públicos, para que desarrollen estrategias gerenciales que conduzcan a una administración eficiente, eficaz, imparcial, íntegra y transparente, por medio de la autorregulación, la autogestión, el autocontrol y el mejoramiento continuo, haciendo posible el control estratégico, el control de gestión y el control de evaluación.
CAPÍTULO DUODÉCIMO
POLÍTICAS SOBRE RIESGOS
Artículo 56 . Declaración del Riesgo: La Alcaldía Distrital de Barranquilla declara que en el desarrollo de sus actividades ocurren riesgos positivos o negativos, por lo cual se compromete a adoptar mecanismos y acciones necesarias para la gestión integral de riesgos, que minimice el Impacto de las decisiones que toma la Alcaldía respecto de los grupos de interés, para ello adoptará mecanismos que permitan identificar, valorar, revelar y administrar los riesgos propios de su actividad, acogiendo una autorregulación prudencial.
PARÁGRAFO: La Alcaldía determinará el nivel de exposición concreta los impactos de cada uno de los riesgos para priorizar su tratamiento, y estructurará criterios orientadores en la toma de decisiones r especto de los efectos de los mismos, así mismo identificará los principales riesgos.
Artículo 57 . Las Finanzas y Gobernabilidad del Distrito, podrían resultar Afectadas por los siguientes factores:
a. Riesgos políticos: Son aquellos derivados de la situación social y los conflictos violentos que afectan al país, y que en un momento dado repercutirían directamente en nuestra ciudad. Entre éstos debemos mencionar el desplazamiento interno, el conflicto armado y el debilitamiento del tejido social.
Dado que estos factores podrían afectar el patrimonio público, se deben prevenir y enfrentar mediante la inversión socia, en sectores específicos como salud, vivienda, seguridad, educación, infraestructura. y empleo, así como en cultura ciudadana e inversión en capital social. Igualmente, se requiere que con el fin de garantizar la gobernabilidad, la administración municipal aplique criterios de austeridad, eficiencia y capacitación de sus funcionarios.
b. Riesgos financieros: Son aquellos que afectarían las finanzas públicas y el patrimonio público en forma directa, y estarían relacionados con el comportamiento de las inversiones, activos y pasivos del Municipio.
c. Riesgos de los pasivos: Pueden ser de varios tipos: riesgos de mercado,
d. Refinanciación, de liquidez, crediticio, operacional y regulatorio.
- Los riesgos de mercado son los sobrecostos potenciales ocasionados al servicio de la deuda como consecuencia de las variables de mercado, tales como tasas de Interés y de cambio.
- El riesgo de refinanciación es la incapacidad de renovar la deuda, o de hacerlo a Costos excesivos.
- El riesgo de liquidez surge de los imprevistos que obligan a la consecución Inmediata de recursos afectando el flujo de caja.
- El riesgo crediticio está ligado al cumplimiento de las obligaciones que el Municipio Tiene contraídas con los acreedores.
- El riesgo operacional se deriva de las acciones de la administración en lo atinente al Registro y pago del servicio de la deuda. Aquí es muy importante la calidad de los Controles, así como la eficiencia de los sistemas de información.
- Los riesgos regulatorios son aquellos derivados de la aprobación de leyes y normas que afecten directamente los ingresos, tributos y demás aspectos de las finanzas municipales. I
f. Riesgos de los activos: Los principales riesgos de los activos se resumen en el riesgo Crediticio, de liquidez y administrativo.
- El riesgo crediticio es la posibilidad real de pérdidas como consecuencia de que los Clientes, contrapartes, prestatarios y todos los que tienen contratadas operaciones con la Tesorería Municipal , incumplan sus compromisos pactados. Puede considerarse también como riesgo crediticio el que el portafolio de activos del Distrito derive en pérdidas de su valor en el mercado como consecuencia del deterioro de su calidad crediticia. :
- Existen riesgos de mercado que pueden afectar la liquidez del Municipio tales como variaciones de las tasas de interés, de cambio,
- comportamientos financieros, cotizaciones bursátiles y demás que deberán ser previstos por la Tesorería al momento de efectuar operaciones.
- El riesgo administrativo es la posibilidad de pérdidas como consecuencia de eventos inesperados en el entorno tecnológico, operativo o administrativo de la Tesorería.
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