Identificación y Naturaleza.
Artículo 2 . El Distrito, Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla es una entidad Territorial, Capital del Departamento de Atlántico, regido por la Constitución Política y por las leyes de la República de Colombia.
OBJETIVO DEL DISTRITO.
Artículo 3. El Objetivo especifico de la Alcaldía de Distrital de Barranquilla es: Prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social, ambiental y cultural de sus habitantes, satisfacer las necesidades básicas y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución Política y las leyes.
MISIÓN DE LA ALCALDÍA DISTRITAL.
Artículo 4. La Misión de la Alcaldía Distrital de Barranquilla es:
El Distrito, Especial, industrial y portuario de Barranquilla, es una empresa estatal de carácter social, modelo de planeación sistémica, retroalimentada por la creatividad comunitaria responsable y de alto sentido corporativo que propender por el desarrollo social y económico en general, priorizando la inversión social. Esta se entiende como la orientación del presupuesto Distrital, la gestión de recursos nacionales e internacionales, tanto privados como públicos y la generación de nuevos incentivos tributarios y financieros, para el desarrollo del bienestar social en general de la población, en términos de una mejor calidad de vida y del acceso equitativo y mejores oportunidades para la búsqueda de soluciones a las necesidades fundamentales de nuestras comunidades.
VISIÓN DE LA ENTIDAD
Artículo 5. La Visión de la Alcaldía Distrital de Barranquilla es:
El Distrito, especial, industrial y Portuario de Barranquilla será una metrópoli con creciente calidad de vida, con sostenibilidad ambiental, socialmente integrada, un Distrito metropolitano industrial, portuario y comercial con tecnología de punta, capital estratégica de Colombia, líder del impulso regional, capaz de permitir la convivencia amable, esperanzadora y pacifica de su población. Una ciudad planeada sistemáticamente donde se articula el proceso comunitario y corporativo, garantizando una gestión publica holística al servicio de la dignidad y la calidad de vida de la persona humana y de su entorno.
PRINCIPIOS ÉTICOS
Artículo 6. Los principios éticos de la Alcaldía de Barranquilla previstos en el Código de Ética se incorporan al presente Código, son :
- G arantizar el mejoramiento de las condiciones de vida de toda la población del Distrito y en especial de las poblaciones mas necesitadas.
- La razón de ser del servidor público es servir a la ciudadanía.
- El interés general prevalece sobre el interés particular.
- Los bienes públicos son de todos y se cuidan como propios.
- Es imperativo ético del servidor público, rendir cuentas a la ciudadanía sobre la utilización de los recursos públicos que le fueron encomendados y sobre los resultados de su gestión.
- La participación ciudadana es elemento fundamental para la toma de nuestras decisiones.
VALORES INSTITUCIONALES
Artículo 7. Los Valores Institucionales en la Alcaldía de Barranquilla son los siguientes:
HONESTIDAD
TRANSPARENCIA . JUSTICIA
RESPETO
COMPROMISO
EFICIENCIA .
PARTICIPACIÓN
RESPONSABILIDAD
SERVICIO
SOLIDARIDAD
Artículo 8 . La Alcaldía de Barranquilla reconoce como sus grupos de interés a la ciudadanía, los proveedores y contratistas, los acreedores, los organismos de control, las otras entidades públicas, los servidores públicos, las universidades y academia en general, los gremios económicos, las organizaciones sociales y los inversionistas, a quienes les reconocerá sus derechos y obligaciones, otorgándoles un trato respetuoso de acuerdo con los compromisos concretos adquiridos frente a cada uno de ellos, promoviendo por la misma vía la consolidación de sus relaciones, con miras a asegurar el cumplimiento de sus objetivos solidarios. |