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| Consejos Administrativos Barriales - CAB |
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Conozca en esta sección los aspectos básicos acerca de los Consejos Administrativos Barriables - CAB.
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| Qué son los CAB? |
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Los CAB son espacios de participación ciudadana, de carácter corporativo y rotativo, creados con el objeto de construír y promover una cultura de respeto a los derechos ciudadanos, de convivencia pacífica y de resolución de conflictos. Con ellos se descentralizan las tareas de la Alcaldía Distrital y se incentiva la participación de todos los sectores, sin exclusión alguna, en la realidad política y socioeconómica del Distrito de Barranquilla. |
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| Quiénes conforman los CAB? |
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- Un representante de las JAL.
- Un representante de las JAC.
- Un representante de cada grupo religioso legalmente constituído.
- Un representante del sector productivo.
- Un representante de cada comité deportivo.
- Un representante de cada comité juvenil.
- Un representante de cada comité de la tercera edad.
- Un representante de cada comité de mujeres cabeza de hogar.
- Un representante de cada comité de discapacitados.
- Un representante de cada asociación de padres de familia de instituciones educativas.
- Un representante de cada organización No Gubernamental.
- Un representante de los rectores de las instituciones educativas.
- Un representante de las instituciones de salud.
- Un representante de los prevencionistas.
- Un representante de cada comité cívico.
- Demás representantes que considere cada barrio.
Los mienbros deben residir en el barrio o laborar en su jurisdicción. Su trabajo no generará relación laboral con el Distrito.
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| Cómo se constituye un CAB? |
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Estos son los pasos a seguír:
- Reuniones barriales, organizadas por la Secretaría Social, para que la comunidad conozca los procedimientos para constituir los CAB.
- Reuniones para discutir y aprobar los Reglamentos del CAB. Se dejará constancia en Acta que se inscribirá en la Secretaría Social dentro de los cinco (5) días siguientes.
- Ya constituido el CAB, la Secretaría Social convocará jornadas de capacitación en las cuales explicarán las funciones, organización del trabajo, temas jurídicos y de interacción con la Alcaldía Distrital y la comunidad.
- Elección de los representantes del CAB. Se dejará constancia en un Acta, la cual debe inscribirse en la Secretaría Social dentro de los cinco (5) días siguientes.
- Por último, instalación de los CAB por parte del Alcalde Distrital o su delegado.
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| Qué tareas cumplen los CAB? |
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- Definir los planes, presupuestos y obras que aprobarán las JAL.
- Inventariar la infraestructura del Barrio y sus características para alimentar el Plan de Ordenamiento Territorial POT, el Plan de Desarrollo Local y los Planes de Inversión.
- Realizar un diagnóstico de la problemática de seguridad, factores de riesgo e índices de violencia para alimentar el Plan Integral de Convivencia Pacífica.
- Incentivar la conformación de las Veedurías Ciudadanas.
- Promover la conformación de Comités de Desarrollo y Control de los Servicios Públicos Domiciliarios.
- Presentar proyectos a las JAL, las Alcaldías Locales y la Administración Distrital, con miras al mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes del sector.
- Fomentar el sentido de pertenencia por el barrio y la ciudad.
- Estimular la participación de la comunidad en las actividades políticas, sociales, económicas, ambientales y culturales del entorno.
- Presentar informes por escrito a la Alcaldía Distrital sobre los problemas del barrio y sus posibles causas.
- Trabajar en las siguientes áreas: servicios públicos, Régimen Subsidiado de Salud, estratificación, finanzas públicas, participación ciudadana, organismos de control, contratación, ordenamiento territorial, espacio público, necesidades básicas insatisfechas, derechos humanos, equidad para las mujeres, recreación, cultura, deporte, protección a la niñez y población desplazada.
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